Programas y Prestaciones: Para Inmigrantes

INFORME MUNICIPAL DE HABITABILIDAD A EFECTOS DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Informe municipal que acredite que una vivienda cumple con las condiciones de habitabilidad. Es necesario para solicitar la reagrupación familiar.

 

 ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Inmigrantes residentes en Daya Nueva que soliciten la reagrupación familiar y sean propietarios o legal ocupante de una vivienda.

 

¿CUÁNDO?

Todo el año.

 

¿DÓNDE?

Ayuntamiento, plaza de la Constitución, 1. Cita previa.

 

PASOS A SEGUIR
  • Pedir cita para entrevista en el Centro Social.
  • El personal del equipo base le citará para realizar una visita al domicilio.
  • Dicho equipo emitirá un informe para el interesado.

 

DOCUMENTACIÓN
  • Fotocopia de tarjeta de residencia y trabajo.
  • Fotocopia contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda.
  • Certificado de convivencia.
  • Contrato de trabajo y las tres últimas nóminas.
  • Vida laboral actualizada.

 

NORMATIVA APLICABLE

Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (art. 45.2b y 46.2c).

INFORME MUNICIPAL DE INSERCIÓN SOCIAL

Informe municipal para la obtención de una autorización de residencia por razones de arraigo.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

El propio interesado.

¿CUÁNDO?

Todo el año.

¿DÓNDE?

Ayuntamiento, plaza de la Constitución, 1. Cita previa.

DOCUMENTACIÓN
  • Original y copia del pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento: histórico.
  • Certificado de Convivencia.
  • Original y copia contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda.
  • Documentación que acredite su estancia en España durante los tres últimos años. Se otorgará preferencia a la acreditación de esta permanencia mediante aquellos documentos que reúnan los siguientes requisitos:
    • Haber sido emitidos o registrados por una Administración Pública Española.
    • Ser documentos originales o copias debidamente compulsadas.
    • Contener los datos de identificación del interesado.
  • Medios de vida: contrato de trabajo en firme, cuentas bancarias, pensiones, etc.
  • Documentación que acredite la integración del inmigrante en el municipio.
NOTAS
  • El informe emitido por el Ayuntamiento no tendrá carácter vinculante.
  • El informe se remitirá a la Subdelegación del Gobierno en Alicante.
NORMATIVA APLICABLE

Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (art. 45.2b y 46.2c).